CAPITULO III
INSCRIPCIÓN, SELECCIÓN Y ADMISIÓN
ARTICULO 12 - ADMISIÓN
Es el procedimiento mediante el cual la universidad autoriza la matricula al respectivo programa academico de pregrado, previo cumplimineto del procedimiento.
Paragrafo 1
La Universidad de Cundinamarca no se compromete a reservar cupos, una vez se ha informado la calidad de admitido.
Paragrafo 2
El consejo academico establecera acciones y estrategias para el desarrollo de las actividades definidas en el proceso de selección para aspirante que presenten diversidad funcional, orientadas a facilitar el acceso a la información, ayudas tecnicas para la presentación de pruebas y entrevistas, y demás situaciones relacionadas con posibles barreras de contexto.
Paragrafo 3
Quien cometa fraude y/o suplantación en las puebas de admisión, se hará acreedor a las siguientes sansiones: Pérdida definitiva del derecho de inscripción, sin perjuicio de las sanciones penales a que hubiere lugar, cuando se trate de suplantación de persona o ducumento. b) Anulación de prueba y perdida definitiva del derecho a presentar examen de admisión, cuando se trate de copia o retención del material de las puebas.